Información

Si, por el momento se mantienen las retenciones y percepciones que dicta la Ley, asimismo se mantienen todas las obligaciones formales y sustantivas relacionadas con la presentación de información y documentación.
Validación Previa: Es un proceso que la Administración Tributaria realizara a los documentos tributarios electrónicos en el momento que hayan sido transmitidos por él contribuyente emisor, para que estos sean validados ya sea de manera individual o por lotes. Este tipo de validación es recomendable para las operaciones entre contribuyentes u operaciones que necesiten la verificación inmediata de la existencia de la operación.

Validación Diferida: Es un proceso que realizara la administración tributaria a los documentos tributarios electrónicos que hayan sido trasmitidos por el contribuyente para que esta los valide. Este proceso no será inmediato y tendrá un plazo estimado de 24 a 72 horas para otorgar respuesta. Este tipo de validación se ha recomendado para aquellos contribuyentes con alto volumen transaccional y operaciones entre contribuyentes finales.

Para participar en el plan piloto se han considerado a contribuyentes que pertenezca a la categoría de grandes de cumplir con este criterio, deberá presentar un escrito a la Dirección General de Impuestos Internos, mencionando su interés en participar, luego de realizar el análisis de solvencia de sus obligaciones tributarias, de cumplir con lo anterior, se informara de incorporación.


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