a. Cuando exista errores internos en el sistema operativo del contribuyente: En este caso el contribuyente podrá operar mediante el portal de la Administración Tributaria por contingencia.
b. Cuando exista errores en el sistema por parte de la Administración Tributaria: El contribuyente deberá seguir operando con normalidad guardar los documentos electrónicos emitidos y hacer el envío de la información de forma diferida, por medio de lotes o de forma individual en la modalidad de contingencia para que esta sea validada.
c. Cuando exista errores de conexión por parte del proveedor de servicios de tecnología, en el acceso a internet o energía eléctrica por parte del contribuyente: quienes tengan baja operatividad podrán optar por utilizar la app móvil, los grandes contribuyentes deberán en este caso tener sus mecanismos de respaldo y contingencia que le permita operar fuera de línea y enviar a validación los DTE emitidos posteriormente a la Administración Tributaria por contingencia.
Una vez que el contribuyente Emisor transmita el Evento de contingencia, la AT validará la Estructura y dará respuesta a través de un Sello de Validación, el cual deberá incorporarse al Lote de DE’s generados por Tipo de transmisión por contingencia.
Los documentos ó el Lote de los DE’s generados en contingencia será procesado documento por documento, a los cuales se les aplicará las reglas de validación establecidas por la AT.